Gestión y Tramitación Herencias y Plusvalías Abogados Valencia
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Abogados Expertos los procesos de gestión y tramitación de Herencias, Plusvalías, Testamentos. Somos Tu Bufete de Abogados en Valencia
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Tramitar una herencia es un proceso doloroso a la par que complicado por los trámites legales que se han de llevar a cabo. Lo mejor es contar con profesionales que hagan más llevadero el proceso y para tener la tranquilidad de que todo se hace de manera correcta.
Llámanos y te acompañaremos para hacértelo todo más fácil. Somos expertos en herencias y testamentos.
Cuando fallece un familiar, el primer aspecto para tener en cuenta es si ha dejado testamento o no, ya que la forma de tramitar la herencia será distinta.
En el certificado de últimas voluntades aparece esta información y además sabremos ante qué notario se otorgó el testamento. En caso de que no hubiera dejado testamento, se procederá a abrir la sucesión intestada.
1.- HERENCIA CON TESTAMENTO
Cualquier persona con interés legítimo puede ir al notario donde se encuentra el testamento y solicitar una copia autorizada.
El reparto de la herencia se llevará a cabo según la voluntad del fallecido. Una vez obtenidos todos los documentos y certificados necesarios, se procederá entonces a la formación del inventario, donde se determinarán todos los bienes, derechos y deudas que la persona tenía.
Después de la elaboración del inventario, el reparto de la herencia se expresa en el “cuaderno particional”
1.- ¿Cómo se divide la herencia?
Los herederos deben firmar el cuaderno particional o la renuncia a la herencia para dar por finalizado el proceso de sucesión.
2.- ¿Qué impuestos hay que pagar al heredar?
Ambos impuestos hay que liquidarlos en el plazo de 6 meses, a contar desde la fecha del fallecimiento del causante. Se puede pedir una prórroga por 6 meses más que han de pedir los herederos y en tal caso se devengarían intereses.
Una vez abonados los correspondientes impuestos, se deberá inscribir en los respectivos Registros de la Propiedad los nuevos titulares de los bienes inmuebles.
Además, hay que tener en cuenta que en la declaración de la renta del ejercicio fiscal siguiente habrá que declarar los bienes, derechos y obligaciones recibidos.
3.- ¿Qué documentos son necesarios para tramitar una herencia?
2.- HERENCIA SIN TESTAMENTO
En caso de que la persona no hubiera otorgado testamento, cualquier persona con interés legítimo debe acudir a una notaría con los certificados oportunos y solicitar el Acta de declaración de herederos. Es un documento que refleja las personas que tienen derecho a recibir la herencia abintestato.
2.1.- ¿Quién tiene derecho a heredar si no hay testamento? El orden es el siguiente:
Una vez efectuada el acta notarial de declaración de herederos, se elabora una escritura de aceptación y partición. Para la confección de esta escritura, será necesario que el notario cuente con los documentos que acrediten los bienes de los cuales el fallecido era propietario. (Escrituras de propiedad, vehículo, cuentas…)
Con todo esto se hará una valoración económica y después se procede a repartir los bienes según el orden establecido en el Código Civil.
Los impuestos que hay que liquidar son los mismos indicados antes para la herencia con testamento.
El testamento es un documento que refleja la voluntad de la persona, declarando lo que quiere que se haga con sus bienes después de su muerte.
Es conveniente recibir asesoramiento de profesionales especializados en materia sucesoria para la planificación de la herencia y redacción del testamento de forma que manifieste convenientemente sus deseos.
El principal objetivo de otorgar testamento es facilitar el proceso sucesorio a los herederos, entre otras cuestiones, ya que las relaciones familiares pueden ser complicadas y de esta manera se agiliza el procedimiento y se pueden evitar conflictos innecesarios.
SERVICIOS JURÍDICOS – DERECHO SUCESORIO